Incoterms 2020, by the International Chamber of Commerce (ICC)

Desde el 1 de enero de 2020 todas las importaciones y exportaciones se regulan por los nuevos incoterms 2020.

Los incoterms son una serie de normas aceptadas y reconocidas internacionalmente que establecen los derechos y obligaciones de comprador y vendedor en los intercambios comerciales, indicando las condiciones de venta. Desde su creación, los incoterms se revisan periódicamente para adaptarse a la realidad del momento y a los cambios que experimenta el comercio internacional.

Cambios en los incoterms 2020

Los principales cambios de los incoterms 2020 con respecto a los incoterms 2010 son:

  • Se sustituye el incoterm DAT (Delivered at Terminal), que desaparece, por DPU (Delivered at Place Unloaded). A efectos prácticos es solo un cambio de nombre, ya que las obligaciones y responsabilidades son las mismas, pero el nuevo nombre DPU permite pactar la entrega en cualquier lugar, no necesariamente en una terminal.
  • Se establecen condiciones sobre la contratación del seguro para los incoterms CIF y CIP: CIF mantiene un nivel de cobertura mínimo, mientras que CIP ahora exige por defecto un nivel de cobertura más amplio.
  • Para el transporte marítimo bajo el incoterm FCA, el comprador podrá pedir a la naviera o a su agente que emita el BL al vendedor con la anotación “on board”.

Cosas a tener en cuenta en la aplicación de los Incoterms 2020

  • Para que sea válido, el BL “house” debe indicar que se rige por la normativa UCP 600 (normas que regulan los créditos documentarios), porque es la única que admite el house.
  • Debe indicarse que se aplican los incoterms 2020 en el contrato de venta, porque si no, no pueden aplicarse los incoterms de una versión anterior (2010 o 2000).

Cuáles son los incoterms 2020

Estos son los incoterms vigentes desde el 1 de enero de 2020:

Cuadro comparativo de los 11 incoterms 2020: obligaciones de costo, riesgo y seguro entre vendedor y comprador

EXW — Ex Works / En fábrica

  • Vendedor: El vendedor pone la mercancía a disposición del comprador en sus propios almacenes; únicamente se ocupa del embalaje.
  • Comprador: El comprador asume todos los gastos y responsabilidades desde que la mercancía sale del almacén, incluida la carga y el despacho de exportación. El seguro no es obligatorio, pero conviene que lo contrate.

Este incoterm no conviene usarlo si el vendedor es quien carga la mercancía en el transporte (en ese caso es mejor FCA).

FCA — Free Carrier / Libre transportista

  • Vendedor: El vendedor entrega la mercancía, despachada de exportación, al transportista designado por el comprador en el punto acordado.
  • Comprador: El comprador asume los gastos y riesgos desde ese punto, incluido el transporte principal.

Novedad 2020: si el transporte es marítimo, el comprador puede indicar a su transportista que emita al vendedor un conocimiento de embarque con la anotación “on board”, útil para créditos documentarios.

FAS — Free Alongside Ship / Libre al costado del buque

  • Vendedor: El vendedor entrega la mercancía en el muelle, al costado del buque, en el puerto de origen acordado.
  • Comprador: El comprador asume los gastos y riesgos desde ese punto, incluidos la carga a bordo, el transporte principal y la importación.

Se usa solo para transporte marítimo, y generalmente para carga a granel; no es habitual para mercancía en contenedores.

FOB — Free On Board / Libre a bordo

  • Vendedor: El vendedor asume los gastos hasta que la mercancía sube a bordo del buque, incluido el despacho de exportación.
  • Comprador: El comprador asume los gastos y riesgos desde que la mercancía está a bordo, incluidos el flete, el seguro (si lo contrata) y la importación.

Se usa solo para transporte marítimo; no se recomienda para mercancía en contenedores (para eso conviene FCA).

CFR — Cost and Freight / Costo y flete

  • Vendedor: El vendedor se hace cargo de los costos hasta que la mercancía llega al puerto de destino, incluidos el despacho de exportación y el flete.
  • Comprador: El comprador asume el riesgo desde que la mercancía está a bordo en origen, y se ocupa de los trámites y gastos de importación. El seguro no es obligatorio para el vendedor.

Se usa solo para transporte marítimo.

CIF — Cost, Insurance and Freight / Costo, seguro y flete

  • Vendedor: El vendedor asume lo mismo que en CFR, y además debe contratar un seguro para la mercancía a favor del comprador.
  • Comprador: El comprador asume el riesgo desde que la mercancía está a bordo en origen, y se ocupa de la importación.

Novedad 2020: el seguro que debe contratar el vendedor es de cobertura mínima (Cláusula C), salvo que las partes acuerden otra cosa. Se usa solo para transporte marítimo.

CPT — Carriage Paid To / Transporte pagado hasta

  • Vendedor: El vendedor paga el transporte hasta el lugar de destino acordado, y contrata el transporte principal.
  • Comprador: El comprador asume el riesgo desde que la mercancía se entrega al primer transportista, y se ocupa de la importación. El seguro no es obligatorio.

Es válido para cualquier medio de transporte.

CIP — Carriage and Insurance Paid To / Transporte y seguro pagados hasta

  • Vendedor: El vendedor asume lo mismo que en CPT, y además debe contratar un seguro para la mercancía.
  • Comprador: El comprador asume el riesgo desde que la mercancía se entrega al primer transportista, y se ocupa de la importación.

Novedad 2020: a diferencia de CIF, aquí el seguro que debe contratar el vendedor es de cobertura amplia (Cláusula A, “todo riesgo”), salvo que las partes acuerden otra cosa. Es válido para cualquier medio de transporte.

DPU — Delivered at Place Unloaded / Entregado en lugar descargado

  • Vendedor: El vendedor asume todos los gastos y riesgos hasta descargar la mercancía en el lugar de destino acordado.
  • Comprador: El comprador se ocupa del despacho de importación desde ese punto.

Es el único incoterm en el que el vendedor debe descargar la mercancía. Reemplaza a DAT (Delivered at Terminal) de la versión 2010: ahora el lugar de entrega puede ser cualquiera, no solo una terminal.

DAP — Delivered At Place / Entregado en lugar

  • Vendedor: El vendedor asume todos los gastos y riesgos hasta poner la mercancía a disposición del comprador en el destino, lista para descargar (sin descargarla).
  • Comprador: El comprador se ocupa de la descarga y del despacho de importación.

Es válido para cualquier medio de transporte.

DDP — Delivered Duty Paid / Entregado con derechos pagados

  • Vendedor: El vendedor asume todos los gastos y riesgos, incluidos los derechos e impuestos de importación, hasta poner la mercancía a disposición del comprador en destino, lista para descargar.
  • Comprador: El comprador solo se ocupa de la descarga.

Es el incoterm que más obligaciones pone en el vendedor; es justo el opuesto a EXW.

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